En fecha de 8 de abril de 2020, la Comisaría General De Extranjería Y Fronteras se pronunció acerca de la situación de los solicitantes de Protección Internacional.

En concordancia con el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo relativo a las medidas de suspensión de los plazos en los procedimientos de extranjería, se ha acordado la prórroga automática de la vigencia de la documentación expedida en el marco del procedimiento de solicitud de asilo o protección subsidiaria de los casos que hubieran caducado antes del 14 de marzo, consistentes en la manifestación de voluntad de presentar solicitud de protección internacional, el resguardo de presentación de solicitud de protección internacional o el documento acreditativo de la condición de solicitante de protección internacional, siempre que no se hubiera notificado la resolución del expediente.

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